SMA.-La Superintendencia del Medio Ambiente (SMA), en el marco de evaluación de cumplimiento para el año 2014 de la Norma de Emisión para Centrales Termoeléctricas, detectó diversos incumplimientos y formuló cargos contra 5 empresas: Endesa, Empresa Nacional de Electricidad San Isidro S.A, SW Consulting, Compañía Eléctrica Tarapacá y E-CL.
En primer lugar, se formularon cargos por no entregar la información necesaria para acreditar el cumplimiento de la Norma de Emisión. Este es el caso de:
• Empresa Nacional de Electricidad (Endesa), respecto de la Unidad de Generación Eléctrica N° 1 de la Central Termoeléctrica Diego de Almagro; ubicada en la Región de Atacama.
• Empresa Nacional de Electricidad (Endesa), respecto de las Unidades N° 3, N° 4 y N° 5 de la Central Termoeléctrica Huasco, ubicadas en la Región de Copiapó.
• Empresa SW Consulting respecto de su Central Termoeléctrica El Salvador (Región de Atacama)
• Compañía Eléctrica Tarapacá, por su Central Termoeléctrica Tarapacá (Región de Tarapacá).
En el caso de la superación de la norma de emisión en el año 2014 respecto de Material Particulado, la SMA formuló cargos a:
• Empresa Nacional de Electricidad (Endesa), por la Unidad de Generación Eléctrica N° 1 de la Central Termoeléctrica Bocamina (Región del Biobío);
• Empresa Nacional de Electricidad San Isidro S.A., por la Unidad de Generación Eléctrica N° 1 de dicha central (Región de Valparaíso),
• E-CL S.A. por las Unidades de Generación Eléctrica CTM 1 y CTM 2 (Región de Antofagasta).
Cabe recordar que la SMA es el organismo encargado de fiscalizar el cumplimiento de la Norma de Emisión para Centrales Termoeléctricas (D.S. 13/2011 del Ministerio de Medio Ambiente). Durante el año 2014 la Superintendencia comenzó a evaluar el cumplimiento del límite de emisión que aplica para Material Particulado (MP), cuya verificación se debe evaluar anualmente.
En estos casos, la formulación de cargos es el inicio de un procedimiento sancionatorio por parte de la SMA. Por su parte, el infractor cuenta con 10 días para presentar un Programa de Cumplimiento –si corresponde- o bien, con 15 días para presentar descargos ante esta Superintendencia, tras lo cual continúa el proceso sancionatorio.