Tribunales Ambientales: aciertos y dudas a dos años de su creación

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Karen Peña, La Segunda.-

El fallo del Segundo Tribunal Ambiental que, a principios del año pasado, anuló una multa por US$16,4 millones aplicada por la Superintendencia de Medio Ambiente (SMA) a la minera Barrick Gold por su proyecto Pascua Lama —donde se argumentó que la entidad fiscalizadora incurrió en “vicios de legalidad”, tras agrupar 22 infracciones y conformar sólo dos incumplimientos— es calificado por los expertos como uno de los casos más representativos y mediáticos a poco más de dos años de la creación de los denominados Tribunales Ambientales en junio de 2012.

Pese a que la normativa estableció la instalación de tres tribunales ambientales (en el norte, centro y sur del país), aún no es posible constituir el Primer Tribunal Ambiental de Antofagasta, siendo que su territorio jurisdiccional abarca las regiones de Arica y Parinacota, Tarapacá, Antofagasta, Atacama y Coquimbo, zonas donde se concentran importantes proyectos mineros y energéticos.

El ministro de Medioambiente, Pablo Badenier, explica que están a la espera de la presentación de la totalidad de las quinas con candidatos que debe hacer llegar la Corte Suprema y que el compás de espera que sufre la sede de Antofagasta se debe a que “son procesos complejos y largos”, apuntando a que la elección de los ministros debe transitar por el sistema de Alta Dirección Pública, la Corte Suprema, el Ejecutivo y el Senado.

“Creemos que el procedimiento administrativo para finalmente nombrar un ministro es muy largo y complejo y, eventualmente, desincentiva a que buenos candidatos puedan presentarse”, reconoce. Y agrega: “Es profundamente relevante la creación de tribunales especiales y especializados, porque la experiencia ha demostrado que ante eventuales daños ambientales o procesos sancionatorios se requería tribunales con mayor experiencia técnica”.

El intento fallido de Antofagasta

Según los expertos, el retraso se debe tanto por la complejidad del proceso como por los exigentes requisitos que deben enfrentar los aspirantes en la etapa de postulación (por ejemplo, dedicación exclusiva e incompatible con otro empleo, exceptuando la docencia) y luego por las restricciones tras haber cumplido sus períodos como integrantes del Tribunal.

“Los requisitos son bastante altos y eso ha sido un elemento que ha dificultado el nombramiento. Sobre todo porque el ejercicio de los abogados especialistas se ha concentrado más en Santiago o en otras áreas, por lo tanto, también es difícil que las personas puedan irse a regiones”, señala el abogado del estudio Cubillos Evans Abogados, Fernando Molina.

Independiente de esta complicación, el abogado Rafael Vergara, socio de Carey, hace una evaluación positiva de los tribunales ambientales y destaca que “la existencia de estos no elimina el riesgo de judicialización que estamos viendo, pero de alguna manera racionaliza la discusión”.

Por esto, en el marco del intenso debate generado entre los expertos para analizar cambios en la normativa, el ministro Badenier planteó que “la ley ha incorporado una dificultad que es el proceso de nombramiento de los ministros y la conformación de tribunales que esperamos modificar”, anunciando que “el proceso de nombramiento de ministros –suplentes y titulares- es complejo, largo y esperamos presentar un proyecto de ley que modifique este proceso”. Eso sí, puntualiza que quieren completar el proceso de creación de tribunales, constituyendo el tribunal que está pendiente, para luego “presentar una modificación que simplifique el proceso”.

La evaluación desde los Tribunales

En marzo de 2013 se inició la actividad jurisdiccional del Segundo Tribunal Ambiental en Santiago. Durante ese año ingresaron un total de 34 causas y el año pasado se incorporaron otras 50, con lo que la evaluación desde el Tribunal es positiva.

Sobre los posibles efectos que podría tener en Santiago el retraso del Tribunal en Antofagasta, como una posible acumulación de causas en la capital, su presidente, Rafael Asenjo, destaca que “duplicamos las causas ingresadas este año en comparación al año pasado”, donde un número importante corresponden a la zona norte, pero aclara que “este tribunal está en perfectas condiciones con muy poco ajustes para mantener las cantidad de causas que estamos conociendo. No es efectivo que la zona norte quede desprovista del acceso a la justicia ambiental”, asegura.

Asenjo indica que uno de los desafíos más relevantes que debe enfrentar esta nueva institucionalidad, independiente del caso de Antofagasta, es “trabajar en la maduración de los tribunales, fundamentalmente, en temas de funcionamiento y también seguir avanzando en algunos temas procesales”.

A la hora de los balances, de acuerdo a la página del Tercer Tribunal Ambiental (ubicado en Valdivia), 16 causas fueron ingresadas el año pasado. Al respecto, su presidente, Michael Hantke, hace un diagnóstico positivo. “Este tribunal ha hecho varios esfuerzos en distintas áreas donde lo que más nos motiva es llevar la justicia ambiental a las zonas donde están los temas” y problemáticas. Por esto, dice, han movido el tribunal fuera de su lugar de asiento, realizando audiencias en otras ciudades a partir de determinados criterios.

Hantke agrega que uno de los desafíos es “que la gente entienda que este es un tribunal que se creó de forma permanente y que viene a dar soluciones a los conflictos. De manera natural, debería aumentar el número de causas en los tribunales”.

Nueva institucionalidad: ¿Qué es el Tribunal Ambiental?

Como parte del rediseño de la institucionalidad ambiental, que se inició en 2008 con el proyecto que dio forma al Ministerio de Medio Ambiente, el Servicio de Evaluación Ambiental y la Superintendencia del Medio Ambiente, se promulgó el 18 de junio de 2012 la Ley 20.600 que crea los Tribunales Ambientales.

Esta legislación estipuló la creación de tres tribunales. Estos son órganos jurisdiccionales especiales, cuya función es resolver controversias medioambientales, compuestos por tres ministros titulares (dos abogados y un profesional del área de las ciencias) y dos suplentes (uno es abogado y el otro del área de las ciencias). El Presidente de cada Tribunal debe permanecer en su cargo por dos años y nu puede ser reelecto.

El procedimiento administrativo para nombrar un ministro es muy largo y, eventualmente, desincentiva a que buenos candidatos puedan presentarse”.

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